Desventaja Del Sistema Oral frente al Sistema Escrito?

Sabemos pues, que el Sistema Escrito se interpone entre el Juez y los elementos (Sujetos del litigio), situación que puede servir de alguna manera para que el Juez no tome decisiones subjetivas, basadas en pasiones y en la manipulación de sentimientos que con el Sistema oral pueden presentarse. Así, con la demanda, se puede facilitar la imparcialidad del Juez al momento tomar una decisión.

En el Sistema Escrito podemos ver un mayor grado de reflexión o análisis de todos los elementos del proceso a partir de la lectura, que no de lo que se oye. La escritura proporciona al hombre la posibilidad de formular pensamientos abstractos imposibles de expresar en la inmediatez del contexto propio de la comunicación oral. ¿Cómo podemos concebir, entonces,
un Sistema donde el Juez falle sobre la idea de lo que se le quedó grabado? Así bien, como dice J. Godoy-i “El gran salto que supuso pasar de la cultura oral – en la que nació la retórica a la cultura escrita - caldo de la filosofía y de las ciencias - fue un proceso decisivo para el desarrollo del pensamiento abstracto y lógico”.

La escritura fue el invento que en mayor medida transformó la mente humana dando comienzo una nueva aplicación de la inteligencia racional.

Se tiende a pensar que el Sistema Oral favorece la economía de tiempo, y ayuda a descongestionar los Despachos judiciales. Actualmente, en Colombia, se ha optado por el Sistema Oral en materia penal, pensando en lo anterior; pero posiblemente, sacrificando la calidad de los fallos.

A mi juicio, que el Sistema Oral sea mas rápido resulta cierto en entornos judiciales no congestionados, al contrario que en nuestro sistema que se puede congestionar a veces más con la oralidad, pues este necesita de audiencias, y se tiene que someter turnos rigurosos de programación, excluyendo la posible actividad de otros procesos.

¿Será que con el nuevo sistema adoptado en el Sistema Penal estamos involucionando? ¿Qué tan confiable será el Precedente Judicial fundado en los recuerdos de un Juez? ¿Qué Seguridad Jurídica habrá con tal precedente? ¿Qué Fuerza Normativa tendría tal precedente?


Como Conclusión se debe resaltar que el Precedente al tener Fuerza Vinculante, afirma la uniformidad de la decisiones y permite asegurar la efectividad de el Derecho Sustancial que es un Objetivo Constitucional y obligatorio para las autoridades estatales.

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